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SANTO DOMINGO. El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaño Guzmán, advirtió que no será tan fácil para el Consejo Nacional de la Magistratura sustituir un juez de la Suprema Corte de Justicia o del Tribunal Constitucional que se quiera reelegir.
Castaños Guzmán dijo, además, que si previo a la evaluación de los actuales magistrados de esas altas cortes, el CNM no modifica su reglamento, no podrá sustituir a ninguno de los magistrados que deberán ser evaluados.
“Es decir no va a ser tan fácil para el Consejo remover a un magistrado que se quiere reelegir, tanto del Tribunal Constitucional como de la Suprema Corte de Justicia, porque la Constitución previó que para tu remover a uno de esos magistrados, tu lo tiene que hacer sobre la base de una decisión motivada“, aclaró Castaño Guzmán.
Recordó que el reglamento que se redactó el año pasado no tiene nada sobre el proceso de evaluación, porque no había que evaluar a nadie en esa ocasión cuando se escogieron los magistrados del Tribunal Superior Electoral y los que entraron a la Suprema Corte de Justicia.
Entrevistado por Héctor Herrera Cabral en el programa D´ Agenda, que cada domingo se difunde por Telesistema Canal 11, Castaño Guzmán dijo que en principio los 12 jueces de la Suprema y tres del Constitucional tienen la opción de seguir en sus puestos, porque es la evaluación que hará el Consejo que determinará su permanencia o no.
Citó que en el caso de los tres jueces del Tribunal Constitucional que pueden ser reelecto, previo a someterse a una evaluación, son los únicos de esa alta corte que gozan de esa prerrogativa, es decir porque fueron electos por un periodo de seis años, sujetos a optar por igual cantidad de años.
“Yo creo que lo primero que tiene que hacer el Consejo Nacional de la Magistratura en la reunión del dos de octubre es nombrar una comisión a los fines de modificar el reglamento del Consejo con la finalidad de que se le introduzcan cuáles son los criterios, los parámetros a tomar en cuenta en la evaluación “, detalló el vicepresidente ejecutivo de la Finjus.
Agregó que también deben determinar sobre qué base, o cómo va a tomar en cuenta el Consejo las evaluaciones que se le han hecho a los magistrados de la Suprema Corte de Justicia.
“Porque recuérdate que los jueces de la Suprema Corte de Justicia son también evaluados, porque en principio son evaluados por los presidentes de las Cámaras, es decir que estos jueces, se supone, que han venido siendo evaluados, nadie conoce esas evaluaciones “, argumentó.
Servio Tulio dijo que habrá que ver si se tomarán en cuentas en el hipotético caso de que esas evaluaciones se han hecho, y si el Consejo las tomará en consideración, como un punto de partida, pero de todo modo habrá que ver qué dice el reglamento.
Dijo que como el reglamento actual no contempla nada, lo que se debe hacer es reglamentar todo lo que la Constitución dispuso, Porque está haciendo falta, ya que no existe actualmente en la República dominicana.
“Es que es imposible que un Consejo Nacional de la Magistratura pueda iniciar un proceso de evaluación de desempeño a jueces de la Suprema Corte de Justicia, si no cuenta con un reglamento que establezca cuáles son los criterios sobre la base en que va a fundamentar esa evaluación“, insistió Servio Tulio Castaño Guzmán.
El vicepresidente ejecutivo de la Finjus dijo que sobre el presidente Danilo Medina recae una gran responsabilidad en torno al trabajo que debe realizar el Consejo Nacional de la Magistratura debido a la influencia que él tiene en ese organismo, aunque reconoció que cuando le tocó encabezar ese organismo, el primer mandatario tuvo un comportamiento que mereció el reconocimiento de todos los sectores de la sociedad.
El director ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia Servio Tulio Castaño Guzmán dijo que los partidos políticos deben modificar sus estatutos y adaptarlos a lo que estable la ley 33-18.
“Mira lo ideal es que los partidos cumplan con lo que dice la ley, la ley establece que los partidos, y establece inclusive plazos, deben modificar sus estatutos acorde a lo que es la lógica de lo que es la ley de partidos políticos“, razonó Castaño Guzmán.
Explicó que si eso es así, en el caso de que proceda, porque pueda haber partidos que sus estatutos se ajustan a lo que dice la ley, y no tienen que modificar nada.
“Ya yo escuche esta semana a lo interno del PLD diversos sectores que dicen que no hay que modificar sus estatutos, bueno pero eso tendrán que decidirlo los órganos internos de los partidos, pero he escuchado algunas voces, quizás sea verdad, pero quizás no es verdad“, sostuvo el reconocido jurista.
Insistió en que prefiere que los partidos modifiquen sus estatutos, y aclararan cualquier dudas que con relación a la ley, esa norma establece.
“Un estatuto de cualquier partido no puede general situaciones confusas que le puedan traer problemas después a ese partido, y a la Junta Central Electoral“, precisó Servio Tulio.
Argumentó que hay cosas que los partidos debieran modular con lo que es el contenido de la ley orgánica de partidos políticos.
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