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SANTO DOMINGO. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia tiene pendiente conocer de la nueva recusación hecha al juez de la Instrucción Especial, Francisco Ortega Polanco, por supuestamente no garantizar los derechos del imputado Jesús –Chú- Vásquez Martínez, uno de los siete procesados por el caso Odebrecht.
Luego de que Ortega Polanco rechazara declinar a la jurisdicción del Distrito Nacional el proceso penal seguido a algunos imputados y reservarse el fallo sobre las solicitudes de nulidad de la acusación de soborno, lavado de activos, enriquecimiento ilícito, asociación de malhechores, falsedad en declaración jurada, imputada a Vásquez Martínez, Ángel Rondón Rijo, Víctor Díaz Rúa, Andrés Bautista García, Conrado Pittaluga, Juan Roberto Rodríguez y el senador Tommy Galán Grullón, los abogados del exfuncionario público recusaron al juez.
Afirman que el magistrado no les garantiza imparcialidad y objetividad en el proceso penal seguido a él.
Ortega remitió el expediente al Pleno para que determine la pertinencia o no de lo planteado por el exsenador, sin embargo, aclaró que no tiene ningún interés particular en ese ni ningún otro proceso judicial y que por esa razón declaró inadmisible la instancia.
Los imputados pedía enviar a la jurisdicción ordinaria el proceso penal y que solo se deje al senador Tommy Galán en la Suprema Corte por ser la persona que tiene el privilegio de jurisdicción. El magistrado rechazó dicho pedimento explicando que el caso es un solo y que la condición del legislador arrastra a todos lo coimputados.
La defensa de Jesús Vásquez afirmó que el juez estaba en la obligación de decidir el incidente de nulidad antes de conocer el fondo del proceso.
El caso está suspendido hasta que el Pleno de la Suprema emita una decisión.
El juez Ortega, si continúa conociendo el proceso, deberá determinar si los delitos de soborno, enriquecimiento ilícito, cohecho y falsedad en declaración jurada, prescribieron en relación con los proyectos Acueducto Línea Noroeste, Hidroeléctricas Pinalito y Palomino, como afirman los procesados. De igual modo tendrá que decir si a Víctor Díaz se le imputan los mismos los hechos investigados y archivados por la Fiscalía del Distrito Nacional mediante sentencias en las distintas instancias y el Tribunal Constitucional. Los fiscales negaron que la acción penal haya prescrito. Afirman que el lavado de activos es un delito continuo y la corrupción no prescribe.
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