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Abogados plantean complejidad para dividir las juntas municipales
Abogados plantean complejidad para dividir las juntas municipales
SANTO DOMINGO. Que las 159 juntas municipales y del Distrito Nacional sean divididas en dos cámaras como propone el Tribunal Superior Electoral (TSE) es viable desde el punto de vista legal, pero el trayecto para conseguirlo se torna complejo, a consideración de varios abogados consultados que difieren sobre cómo hacer el proceso.

SANTO DOMINGO. Que las 159 juntas municipales y del Distrito Nacional sean divididas en dos cámaras como propone el Tribunal Superior Electoral (TSE) es viable desde el punto de vista legal, pero el trayecto para conseguirlo se torna complejo, a consideración de varios abogados consultados que difieren sobre cómo hacer el proceso.

Para el abogado Ángel Lockward, autor de varios libros sobre el sistema electoral dominicano, más que crear dos cámaras, que resultaría un proceso costoso y que tomaría tiempo, el TSE debería designar desde ya a los jueces que conformarían la cámara electoral contenciosa, mientras la Junta Central Electoral (JCE) designa a los secretarios que se ocuparían de las cuestiones administrativas.

Pero el exjuez del TSE, José Manuel Hernández Peguero, considera que nombrar a un juez para lo contencioso electoral deberá ser atribución de órganos externos, y sugiere al Consejo Nacional de la Magistratura.

En su propuesta al Congreso Nacional para modificar el régimen electoral, el TSE expone la necesidad de dividir las funciones administrativas de lo contencioso, para evitar que la Junta sea juez y parte en los procesos. Además, plantea que si bien las juntas electorales, por mandato constitucional, tienen funciones administrativa y contenciosa, no tendrían que ser tomadas por las mismas personas como ocurre en la actualidad.

El abogado Tácito Perdomo, delegado político ante la JCE por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), opina que la designación de un personal contencioso es conveniente para evitar los problemas que se presentan por desconocimiento del personal encargado de las juntas en materia contenciosa.

“Siempre hemos tenido dificultades con el personal de las juntas y los secretarios tanto en el interior como el exterior del país, y una razón es que muchos de los secretarios ni siquiera son abogados”, dice

Datos que maneja Ángel Lockward indican que el 67% de los expedientes de las juntas electorales en las elecciones pasadas se anularon en el TSE por fallos procesales. Atribuye ese resultado al hecho de que el 69% de las juntas están dirigidas por personas que no son abogados. Hernández Peguero comparte esa apreciación, pero cree que capacitar al personal de las juntas requiere tiempo y dinero. Favorece que la designación se realice luego de las elecciones de 2020.

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